Expediente societario

El expediente de beneficiario controlador, armado y vigente.

El SAT puede pedírselo y darle 15 días hábiles para entregarlo. Nosotros lo armamos, lo mantenemos al día y le dejamos listo el paquete de respuesta. Obligatorio para toda persona moral, sin importar su tamaño.

Sobre la base del CFF vigente Vigilancia de cambios 100% remoto

Diagnóstico $4,900 · expediente desde $14,900 · listo en 7 días hábiles.

Expediente de beneficiario controlador

Su Empresa, S.A. de C.V.

Vigente
Beneficiarios identificados2 personas
22 campos por beneficiarioCompletos
Identificados, verificados y validados
Paquete de respuesta al SATListo

Por qué se prepara antes

Cuando llega el requerimiento, el reloj ya corre.

El artículo 32-B Ter le da 15 días hábiles, desde que surte efectos la notificación, para entregar el expediente completo — prorrogables 10 días más solo si lo solicita, justificado, antes de que venza el plazo original. Nadie arma 22 campos por cada beneficiario, más los de cada consejero, más actas de matrimonio y títulos accionarios, en ese tiempo. Por eso el expediente se prepara antes, no el día que llega el oficio.

Y si no lo entrega, lo entrega tarde o incompleto, la multa del artículo 84-N es por cada beneficiario:

Art. 84-N CFF · por cada beneficiario

$1,686,750 a $2,249,000

No obtener, conservar o presentar la información.

Art. 84-N CFF · por cada beneficiario

$899,600 a $1,124,500

No mantenerla actualizada.

Art. 84-N CFF · por cada beneficiario

$562,250 a $899,600

Presentarla incompleta o con errores.

Fundamento: artículos 32-B Ter, Quáter y Quinquies del CFF (vigentes desde el 1 de enero de 2022) y reglas 2.8.1.20 a 2.8.1.23 de la RMF 2026. Obliga a toda persona moral, todo fideicomiso y toda figura jurídica, sin umbral de ingresos ni de capital: 2,466,036 personas morales activas en el padrón del SAT.

El reloj de 15 días

Cuando llega el requerimiento, ya es tarde para empezar.

El plazo son 15 días hábiles desde que surte efectos la notificación. Con el expediente armado, entrega y sigue. Empezando de cero, no alcanza.

Día 0 · llega el requerimiento

La notificación surte efectos. El reloj arranca.

15 días hábiles
Con el expediente ya armadoEntregado a tiempo
Empezando de ceroNo alcanza

22 campos por beneficiario · los de cada consejero · actas de matrimonio y régimen patrimonial · títulos accionarios · identificar, verificar y validar con procedimiento documentado.

Por eso el expediente se arma antes, no el día que llega el oficio.

No es solo la multa

Sin el expediente, se le cierran puertas de venta.

Su opinión de cumplimiento (32-D)

La RMF 2026 incluye, entre lo que el SAT revisa para emitir la opinión de cumplimiento del artículo 32-D, que usted cumpla sus obligaciones de los artículos 32-B Ter y 32-B Quinquies. Sin el expediente, esa opinión puede salir negativa — y con opinión negativa su cliente corporativo no lo da de alta como proveedor. Ver Requisitos para ser proveedor →

Contratos con el sector público

El artículo 32-D, fracción IX del CFF establece que quien incumpla las obligaciones de los artículos 32-B Ter y 32-B Quinquies no puede contratar con el sector público. Si le vende, o quiere venderle, al gobierno, el expediente deja de ser opcional.

Lo que casi nadie sabe

Si tiene consejo de administración, cada miembro es beneficiario.

La regla 2.8.1.20 dice que cuando no se identifica a ninguna persona física por los criterios normales, se considera beneficiario controlador al administrador único y, si hay consejo de administración, a cada uno de sus miembros. Como la multa es por cada beneficiario, una empresa con un consejo de siete integrantes tiene una exposición de:

$15,743,000

Siete beneficiarios × la multa máxima del art. 84-N.

Por qué casi ningún expediente sirve

Juntar copias de INE no cumple.

La regla 2.8.1.22 pide 22 datos por cada beneficiario —y hasta 5 más cuando existe cadena de titularidad o de control—: alias, todas las nacionalidades, estado civil con identificación del cónyuge y del régimen patrimonial, domicilio particular y fiscal, y hasta el lugar donde las acciones están depositadas o en custodia. Y la 2.8.1.21 exige procedimientos documentados para identificar, verificar y validar al beneficiario.

Esa palabra, validar, es la clave: un fólder con copias no es un expediente que resista un requerimiento.

Qué hacemos

Armamos el expediente, no le damos asesoría.

Reunimos la información, la verificamos y la validamos con procedimiento documentado, y la dejamos en un expediente que resiste un requerimiento. Luego lo mantenemos al día.

1

Diagnóstico

Revisamos su estructura societaria y dictaminamos si su expediente actual resistiría un requerimiento.

2

Identificar

Determinamos quién es beneficiario controlador según los criterios del CFF, incluido el caso del consejo.

3

Verificar y validar

Reunimos los 22 campos y los validamos con procedimiento documentado, como exige la regla.

4

Mantener

Vigilamos cambios y le avisamos a tiempo: la actualización por cambio tiene un plazo de 15 días naturales.

Lo que le vamos a pedir, para que no lo tome por sorpresa

Parte de los 22 campos incluye datos que sorprenden a medio camino: además de identificación y domicilios, la regla pide el estado civil, la identificación del cónyuge y el régimen patrimonial de cada beneficiario, y el lugar donde están depositadas o en custodia las acciones. Se lo decimos desde el inicio para que reúna la documentación completa y el plazo se cumpla.

El entregable que más pesa: el procedimiento documentado

La regla 2.8.1.21 no pide solo el expediente: exige conservar la documentación de los procedimientos de control internos con los que se identificó, verificó y validó al beneficiario, y esa documentación se considera parte de la contabilidad que el SAT puede requerir. Por eso entregamos el procedimiento, no un fólder de copias.

Y hay que conservarlo. El artículo 30 del CFF fija cinco años como regla general, pero el acta constitutiva y las actas de aumento o disminución de capital, fusión o escisión se conservan por todo el tiempo en que subsista la sociedad.

Inversión

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Diagnóstico

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Revisión de su estructura societaria y dictamen de si su expediente actual resistiría un requerimiento del SAT.

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Expediente completo

Más solicitado

$14,900hasta 3 beneficiarios

El expediente armado, verificado y validado, con el paquete de respuesta listo. Beneficiario adicional: $2,900 cada uno. Listo en 7 días hábiles desde que recibimos la documentación completa.

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Mantenimiento

$890/mes

Vigilancia de cambios, alertas a 15 días, versionado del expediente y el paquete de respuesta siempre listo para un requerimiento.

Agréguelo

Precios en pesos mexicanos, más IVA.

Para despachos contables

Usted firma. Nosotros operamos.

Sus clientes le van a preguntar a usted por el beneficiario controlador, y la obligación aplica a todas sus personas morales sin umbral. Usted conserva la relación, la cédula y la firma; nosotros ponemos el trabajo documental, la vigilancia y la evidencia — a su nombre, en marca blanca.

Desde 10 empresas

$7,900 / empresa

+ $490/mes de mantenimiento cada una

Todo a nombre del despacho. Por defecto no aparecemos.

Nuestra garantía

Si el SAT le requiere el expediente y algo falta, lo completamos sin costo dentro del plazo. Es garantía de trabajo: nos hacemos cargo de que el expediente esté listo cuando lo pidan.

Enucem arma y mantiene el expediente documental de beneficiario controlador. No damos asesoría fiscal ni jurídica, ni nos ostentamos como despacho, contadores o abogados. Para la interpretación fiscal o legal de su caso, acuda con su contador o abogado; nosotros dejamos el expediente listo y vigente.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos.

Sí. Los artículos 32-B Ter, Quáter y Quinquies del CFF obligan a toda persona moral, todo fideicomiso y toda figura jurídica, sin umbral de ingresos ni de capital. No hay excepción para PyMEs.

15 días hábiles desde el requerimiento, prorrogables 10 días más solo si se solicita antes del vencimiento. Por eso conviene tener el expediente ya armado, no empezarlo el día que llega el oficio.

No. La regla 2.8.1.22 pide 22 campos por beneficiario y la 2.8.1.21 exige identificar, verificar y validar con procedimiento documentado. Un fólder con copias no es un expediente que resista el requerimiento.

No. Armamos y mantenemos el expediente documental; no damos asesoría fiscal ni jurídica. Trabajamos junto con su contador o abogado, que conoce su caso.

Sepa si su expediente resistiría un requerimiento.

Empiece por el diagnóstico: revisamos su estructura societaria y le decimos exactamente qué le falta.

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